Es la canción de cada verano: las quejas de los usuarios por los excesivos precios de la comida y bebida en los recintos de los festivales o parques y la prohibición de meter nada del exterior. ¿Es legal? ¿Es justo? ¿Qué alternativas hay?
¿Es legal que no me permitan meter bebida o comida en el recinto?
Es una de las dudas (y las quejas) recurrentes de los consumidores sobre todo en primavera y verano, en plena temporada de conciertos, festivales o actividades en lugares similares. La regulación autonómica de estos eventos y sus restricciones es muy dispar, y en algunos casos lesiona los derechos de los consumidores, como comprueba OCU.
Estudiamos las normativas autonómicas
Durante el pasado junio hemos consultado las normas sobre la posibilidad de introducir comida y bebida del exterior en los diferentes espectáculos públicos y comprobamos la disparidad de criterios en cada comunidad en los referente a esta posibilidad.
No todos han respondido, y de los que lo han hecho, vemos que:
OCU pide normas más favorables a los consumidores
Para OCU, la finalidad principal de un festival es la música, no la restauración. Creemos que cualquier limitación sobre el derecho a introducir comida y bebida adquirida fuera del recinto en cuestión, es una limitación abusiva, y que favorece además que los precios de los recintos sean muy elevados. Pedimos que, cuando se prohíba la entrada de comida, al menos se permita la salida temporal de los usuarios para consumir donde consideren oportuno.
Si consideras que tus derechos han sido lesionados, ante cualquier situación abusiva o problema con la organización de un festival, reclama:
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