Existen diferentes casos en los que se puede cancelar o rescindir un contrato de seguro. Si no se cumplen, puede no cancelarse apropiadamente, obligándote a mantenerlo y a seguir pagando hasta el próximo vencimiento de la póliza. En este artículo te explicamos cómo dar de baja un seguro.
Tienes un seguro contratado... y ya no quieres seguir con él. Lo que debes hacer en ese caso es cancelar la póliza.
Si vas a cancelar tu póliza, no puedes hacer de cualquier manera:
Debes hacerlo a través de un canal de comunicación fehaciente que te permita registrar la solicitud de baja y te asegure que la aseguradora la ha recibido.
Además, debe hacerse en los plazos especificados por ley: tienes que notificar tu intención de no continuar con la póliza como poco 1 mes antes de que venza el contrato (si es la aseguradora la que rompe el contrato, 2 meses) .
Si no respetas los plazos legales o no guardas alguna prueba de que has comunicado tu solicitud de cancelación, es probable que no logres darte de baja.
¿Qué es una notificación fehaciente? Para pedir la cancelación y asegurarte de que sea una vía fiable puedes hacerlo:
A través de un formulario web. Es posible que la entidad te pida que rellenes un formulario. En este caso, graba la secuencia de pantallas o haz capturas que confirmen que hiciste el proceso en su web.
Los motivos por los que puedes decidir la cancelación pueden ser muy variados, y también la manera de proceder en cada caso para hacerlo efectivo.
Un contrato de seguro suele tener una duración de un año y se renueva automáticamente al final de cada periodo. Sin embargo, puede que no te interese renovarlo, ya sea porque has encontrado una oferta mejor, porque puedes asumir el riesgo tú mismo o por cualquier otro motivo. O incluso que no le interese a tu compañía aseguradora seguir asumiendo el riesgo.
Para hacer efectiva la cancelación, solo hay que avisar a la otra parte como poco 1 mes antes de que venza el contrato para el cliente y 2 meses antes para la aseguradora. Es decir, tienes que avisar mínimo con un mes de antelación que tienes la intención de darte de baja.
Si te cambias a otro seguro, recomendamos que no anules tu póliza actual mientras no hayas contratado la nueva, en particular en los casos de seguros de vida y de salud. Tienes la posibilidad de establecer que la fecha de efecto de la nueva coincida con el vencimiento de la antigua. Al tener que avisar con un mes de antelación al próximo vencimiento, aconsejamos que inicies la búsqueda con tiempo suficiente.
Cada tipo de seguro tiene inconvenientes distintos que te pueden llevar a no querer renovarlo. Además, según el objeto asegurado, pueden variar las condiciones que hemos comentado.
Si se reduce el riesgo, pero sigues pagando la misma prima
La prima que pagas por cualquier seguro depende del riesgo de que le suceda algo negativo al objeto asegurado, por ejemplo, el seguro de robo te cobra una prima distinta si vives en un primero sin puerta que si vives en un piso 17 con un equipo de cámaras y guardias armados.
Si tienes un seguro de robo en tu casa e instalas una puerta blindada o un sistema de alarma, estás reduciendo el riesgo de que alguien te entre a robar. En este caso, si lo comunicas, tienes derecho a que se te reduzca la prima el año siguiente.
En caso de negativa por parte de la aseguradora, puedes cancelar el seguro, siempre en los plazos concretados en la ley y tienes derecho a exigir que te devuelvan el exceso de prima pagada desde que comunicaste la disminución del riesgo.
Si desaparece el objeto asegurado
En este caso, deberás pagar la póliza hasta el siguiente vencimiento. Por ejemplo, si das de baja un vehículo en Tráfico, seguirás manteniendo el seguro hasta que se complete la anualidad, salvo que la aseguradora por su voluntad quiera devolver o reservar esa prima no consumida para otro seguro o perdonarte los pagos pendientes, pero tú no podrás exigirlo. A menos que se trate de un seguro para un préstamo con una entidad bancaria, como explicamos en el siguiente punto.
Si se termina un préstamo con una entidad bancaria
Una vez devuelto en su totalidad un préstamo que hayas efectuado con un banco, si el seguro que lo cubría sigue vigente, puedes cancelarlo y tienes derecho a recibir parte de la prima no utilizada.
Si la compañía cambia las condiciones del seguro
La aseguradora puede comunicar un aumento de la prima, un cambio o una reducción de la cobertura, aunque debe hacerlo con al menos 2 meses de antelación. En este caso, puedes cancelar el seguro si lo comunicas con 1 mes de antelación al vencimiento.
Si la entidad no cumple el plazo de 2 meses, puedes responder que no estás de acuerdo. La subida de la prima no podrá aplicarse sin el consentimiento del tomador, es decir el tuyo, y por tanto la entidad deberá respetar la prima del periodo anterior.
Puedes pedir que te mantengan las condiciones anteriores o que rescindan la póliza. Si no dices nada, se prorrogará el contrato con las nuevas condiciones otro año más.
También puede ser la propia aseguradora la que proponga cancelar el seguro si considera que existen elementos que alteran la viabilidad del negocio como, por ejemplo: