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Uno de cada cuatro consumidores no tiene por escrito sus contratos de telefonía, luz o gas
Uno de cada cuatro consumidores no tiene por escrito sus contratos de telefonía, luz o gas

Uno de cada cuatro consumidores no tiene por escrito sus contratos de telefonía, luz o gas

Se aconseja 'pedir siempre los contratos por escrito, ya que no disponer de ellos genera muchos problemas y dificulta reclamar los derechos de los clientes'

Uno de cada cuatro personas no tiene documentos por escrito de sus contratos. En concreto, un 25% no tiene documentado su contrato de telefonía, un 23% el de luz y un 27% el de gas, según los datos de la Asociación de Consumidores de Navarra Irache, que ha aconsejado 'pedir siempre los contratos por escrito, ya que no disponer de ellos genera muchos problemas y dificulta reclamar los derechos de los clientes'.

En un comunicado, ha advertido de que la contratación vía telefónica 'ofrece una menor protección para el consumidor, ya que habitualmente se produce a instancias del empresario (que contacta con él sin previo aviso), y además el consumidor no dispone de la oferta comercial por escrito en ese momento para poder revisarla'.

Esto hace que, si hay discrepancias entre lo ofertado y lo contratado finalmente por el consumidor, haya que pedir la grabación de la llamada de contratación a la empresa, 'una gestión que no siempre resulta sencilla de conseguir y que supone una dificultad o, cuando menos, una demora para cualquier reclamación'.

En los casos en que el empresario contacta telefónicamente con el consumidor para efectuarle una oferta, el consumidor y usuario 'sólo debe quedar vinculado una vez que acepte la oferta mediante su firma o mediante el envío de su acuerdo por escrito, que, entre otros medios, podrá llevarse a cabo mediante papel, correo electrónico, fax o sms'.

Irache ha indicado que, en algunos casos, cuando se escucha la grabación, 'el consumidor asegura que esas no son las condiciones que se le prometieron' porque 'en muchas ocasiones el agente comercial promete unas condiciones atractivas como gancho, que luego no se plasman en el contrato o en la grabación verificadora'. Por ello, insisten en la importancia de solicitar por escrito la oferta comercial antes de contratar.

La asociación ha explicado que la ley general para la defensa de los consumidores 'obliga a que la empresa, cuando contrate por teléfono, facilite la confirmación del contrato con sus todas sus condiciones en un soporte duradero y en un plazo razonable, que no debe darse más tarde de la entrega del producto o de la ejecución del servicio'. 'Lamentablemente, este requisito no se cumple en muchas ocasiones y se limitan, en el mejor de los casos, a remitir al consumidor a la página web de la compañía, donde se establecen unas condiciones generales', ha criticado.

Llamadas con ofertas

Algunas empresas llaman al consumidor para hacerle la oferta y, una vez convencido, le dicen que llame él mismo a otro número para contratar para 'eludir las obligaciones que tienen cuando la contratación proviene de una llamada de la compañía'.

Por todo ello, Irache aconseja no contratar por teléfono y, ante una llamada comercial, solicitar que se facilite toda la información por escrito o vía email, por ejemplo. 'De esta manera, el consumidor puede estudiar todas las condiciones, asesorarse y contar con lo que ha pactado ante cualquier posible incumplimiento', subraya.

Si la contratación se hace por internet, recomienda pedir que envíen el contrato por correo electrónico y 'revisar detenidamente las condiciones antes de aceptarlo', así como 'conservar imágenes, documentación o pantallazos de las ofertas publicitarias para poder exigir su cumplimiento posteriormente'.

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