¿Tienen obligación las tiendas de artículos de cuero de dar tique o factura de compra con NIF, precio, IVA, etc.?
Cualquier establecimiento abierto al público que venda productos o preste servicios al consumidor tiene la obligación de dar un documento acreditativo del bien vendido o del servicio prestado. Si no lo hace, el consumidor debe exigirlo, pues es la prueba de la relación comercial con la empresa.
¿Qué datos deben aparecer en la factura cuando me la entregue el supervisor de la gasolinera después de repostar?
En el documento acreditativo del suministro de combustible deben figurar, como mínimo, los siguientes campos:
- Nombre o denominación social, domicilio y número o código de identificación fiscal de la empresa prestadora del servicio.
- Número de orden de la factura o del justificante acreditativo.
- Tipo de combustible suministrado.
- Cantidad de litros suministrados.
- Precio por litros, IVA incluido.
- Importe total del suministro efectuado.
- Lugar y fecha de la emisión.
- Firma o sello del prestador del servicio.
- Matrícula del vehículo, siempre que lo requiera el usuario.
Contraté una mudanza y, al terminar, pedí factura, pero se negaron a dármela. ¿Tienen obligación de entregármela?
Sí. Los prestadores de estos servicios están obligados a entregar factura o justificante acreditativo del servicio prestado.
Contraté un servicio de grúa y una vez finalizado pedí factura, pero se negaron a dármela. ¿Tienen la obligación de entregármela?
Los prestadores de dichos servicios están obligados a expedir y entregar factura o justificante acreditativo del servicio prestado:
- Nombre o razón social, domicilio y número o código de identificación fiscal del prestador del servicio.
- Número de orden de la factura o justificante acreditativo.
- Nombre y domicilio del consumidor.
- Marca, modelo y matrícula del vehículo objeto del transporte.
- Importe total a pagar, con descripción de las operaciones realizadas señalando el importe y recargos aplicados.
- Firma y/o sello del prestador del servicio.
- Fecha y firma del consumidor.
He solicitado el servicio de una grúa con cargo a un seguro. ¿Me tienen que entregar factura de dicho servicio? Me han dicho que no, pero quisiera confirmarlo.
Sólo le deberán entregar factura del servicio cuando éste no sea con cargo a un seguro. Lo que sí le tienen que entregar en este caso es una Orden de Servicio, que debe contener los siguientes datos:
- Nombre y apellidos o razón social, el domicilio y el NIF del titular de la actividad.
- Número de registro industrial, matrícula de la grúa, número de la autorización de transportes y período de validez.
- Nombre de la compañía aseguradora y domicilio, y número de la póliza del seguro.
- Nombre y domicilio del consumidor.
- Marca, modelo y matrícula del vehículo objeto del transporte.
- Fecha y hora del comienzo de la prestación del servicio y la prevista para la finalización.
- Descripción del servicio, recargo a aplicar, en su caso, el número de kilómetros a efectuar en el trayecto, punto de partida y destino.
- Firma y DNI o pasaporte y/o sello del prestador del servicio.
- Fecha, firma y DNI o pasaporte del consumidor.
¿Tiene el hotel la obligación de darme una factura si se la pido?
Los establecimientos hoteleros tienen siempre obligación de expedir una factura, aun cuando no se solicite. En la factura se reflejará de manera clara:
- El desglose por días y conceptos de los servicios prestados.
- Nombre, categoría y NIF o CIF del titular del establecimiento.
- Nombre completo del cliente y su DNI o documento oficial que lo identifique.
- Número de personas alojadas.
- Fechas de entrada y salida.
- Fecha de la factura.
¿Tengo derecho a pedir factura por la comida en un restaurante?
Los restaurantes tienen obligación de dar una factura, donde deben constar los distintos conceptos, con sus precios, por separado y en escritura inteligible para el cliente.
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